martes, 4 de febrero de 2014

Represión en Valladolid Las 11 mentiras del gobierno sobre la represión en Valladolid.

     El domingo 2 de febrero, a las 14h, la UIP ha cargado contra una concentración formada por unas cincuenta personas frente al restaurante “La Parrilla de San Lorenzo”, en el centro de Valladolid. Como resultado tres personas han resultado detenidas y varias contusionadas. Cinco recibieron asistencia médica y una de ellas, nuestra compañera Encarna, ha quedado ingresada en estado grave a causa de un ictus provocado por un derrame cerebral interno. A las 20h del domingo 2, las consecuencias eran una paralización del brazo-hombro derecho y dificultad en el habla. Además, se nota una contusión en la parte posterior de la cabeza y laceraciones producidas por tirones de cabello.
    
  Hoy ( ayer) a las 10:30h, el subdelegado del gobierno en Valladolid, Jose Antonio Martínez Bermejo, ha dado una rueda de prensa en la que ha expuesto una versión de los hechos que no se corresponde con la realidad en, al menos, once aspectos fundamentales. Citamos los mismos y explicamos qué es lo que ocurrió:
 
     1) Esta asamblea comunica que ha recibido los testimonios de dos trabajadores sanitarios del Hospital Clínico Universitario, que por motivos obvios piden permanecer en el anonimato,  denunciando presiones por parte de la gerencia de dicho centro médico hacia los trabajadores, tendentes a disociar el estado de nuestra compañera Encarna, (calificado de “muy grave”) basándose en las patologías previas de la víctima (hipertensión y problemas cardiacos) de la actuación policial. Sin embargo, los facultativos han acreditado tres contusiones en la zona craneal y lumbar.
    Así, hacemos responsables de la evolución del estado de salud de Encarna a los funcionarios que intervinieron en el operativo; al jefe del mismo; al Sr. Subdelegado del Gobierno en Valladolid, D. Jose Antonio Martínez Bermejo, al Sr. Delegado del Gobierno en Castilla y León, D. Ramiro Ruíz Medrano y al sr. ministro del Interior, D. Jorge Fernández Díaz.
Dicha responsabilidad les será eventualmente exigida por la vía judicial, de acuerdo a las leyes que, como ciudadanos respetamos y que ellos, como funcionarios, deberían respetar y hacer cumplir.
 
     2) No es cierto que la manifestante ingresada en estado grave lo haya sido por casualidad y que sus lesiones “no sean consecuencia de golpe o contusión alguna”. No es cierto que los facultativos hayan sostenido que el ictus producto de hemorragia no tenga que ver con la intervención policial. Es una mentira que, por la suma gravedad del hecho que pretende ocultar, resulta ridícula. De nuevo en los vídeos se observa como Encarna (con un abrigo blanco y de unos sesenta años de edad) es, en repetidas ocasiones, zarandeada por diversos funcionarios de policía. Fuera de vídeo, pero al menos dos personas dan fe de ello, sufre al menos tres impactos con una defensa en la zona posterior de la cabeza. El pretender que no existe una relación causa-efecto entre la actuación policial y el estado grave de nuestra compañera y que este se produjo así porque sí es un insulto a la inteligencia de la ciudadanía y abunda, por desgracia, en prácticas manifiestamente ilegales y ya señaladas por la justicia tristemente habituales en el proceder de las UIP en Valladolid.

     3)  No es cierto que todos los manifestantes sean dados de alta con lesiones “de carácter leve”: las fracturas de huesos, como atestiguan las imágenes, causadas a una señora inmovilizada por al menos tres funcionarios no puede considerarse “lesión leve”, como se demostrará en sede judicial en el momento correspondiente.
 
   4) En ningún momento los concentrados “hirieron” a un número indeterminado de policías. En su declaración de prensa la Subdelegación sostiene que tres funcionarios tuvieron que  “recibir tratamiento” hospitalario. En ningún momento de los vídeos, en ninguna fotografía se aprecia agresión alguna a los agentes. Más bien al contrario, como cualquier persona normal puede deducir con solo mirar las imágenes y no podemos dejar de observar que ya sería mala suerte que el 10% de todos los antidisturbios intervinientes resultasen lesionados fuera de foco o en un ángulo ciego.
 
Momento en que tres agentes resultan lesionados, según Subdelegación del Gobierno.
Momento en que tres agentes resultan lesionados, según Subdelegación del Gobierno.
    5)  En ningún momento los concentrados “intentan romper el cordón policial lanzando manotazos y patadas a los agentes”, como sostiene la Subdelegación. Por un lado, de nuevo, tanto los testimonios como los vídeos y fotografías disponibles desmienten totalmente esa posibilidad: los manifestantes llegan al citado local sin existir cordón alguno, los agentes se acercan formando dos líneas, agarran la pancarta, empujan y dan patadas a través de la misma a quienes la sostienen (como se aprecia en el video) y proceden a disolver, defensa en mano,  la concentración. Pero es que además esos mismos vídeos permiten apreciar la edad de los concentrados: personas de ambos sexos por encima de los cincuenta años en su mayoría y que escasas posibilidades tienen de dañar físicamente a los funcionarios de la UIP, que entre sus no muy numerosas virtudes lucen una preparación física y un conocimiento de cómo hacer daño al prójimo que esta asamblea les reconoce caballerosamente.
 
¿Los concentrados intentando romper el cordón policial? ¿No será al revés?
¿Los concentrados intentando romper el cordón policial? ¿No será al revés?
 
    6) En ningún momento se niegan los concentrados a proporcionar sus documentos de identidad a los funcionarios. Estos los exigen a algunas personas después de haber disuelto la concentración (y los obtienen) y realizado las detenciones, como, de nuevo, se aprecia en los testimonios gráficos que son ignorados por la Subdelegación del Gobierno en su versión.
 
    7) En ningún momento los concentrados hicieron caso omiso de las indicaciones de los agentes, porque estas, sencillamente, no existieron: como se aprecia en los vídeos, los efectivos policiales se aproximan a la concentración en grupo y buscando el contacto físico. No hay intimación previa de ninguna clase: se recurre al desalojo expeditivo como primera opción.
 
    8) Hacemos notar que el propio subdelegado, en declaraciones a la Tribuna de Valladolid realizadas el mismo domingo 2, no hace referencia a ningún presunto intento de aproximarse o de acceder al local (porque dicho intento no se produjo), justificando la actuación policial como una intervención para “garantizar el derecho al ocio de las personas usuarias del local sin ser molestados”, expresión que desaparece (convenientemente) de la versión oficial de hoy lunes.
 
    9)  En ningún momento los concentrados frente al restaurante “La Parrilla de San Lorenzo” se acercaron al citado local “con actitud intimidatoria”. Los concentrados realizaban un recorrido por la zona, con paradas breves, y habrían seguido de largo si no llega a ser por la fragilidad de nervios de los efectivos policiales y su actuación posterior.
 
¿Están estos señores intentando acceder amenazadoramente a ningún sitio? Pues eso.
¿Están estos señores intentando acceder amenazadoramente a ningún sitio? Pues eso.
 
    10) En ningún momento las personas concentradas han “obligado a los transeúntes a refugiarse en el interior de los establecimientos” circundantes. El subdelegado de Gobierno confunde el domingo con el sábado por la noche, cuando un grupo de ciudadanos se concentró espontáneamente frente a un local donde Carlos Floriano y Alfonso Alonso consumían en la terraza, para entrar apresuradamente en el momento en que comenzaban los primeros cánticos. Nada por el estilo sucedió el domingo al mediodía, como atestiguan participantes y medios de comunicación presentes, y como puede observarse en los vídeos y fotografías tomados antes y durante la actuación policial: es más, los mismos feligreses de San Lorenzo, que en ese momento salían de misa,  junto a otras personas que esperaban en la puerta del propio restaurante , recriminaron la carga policial con adjetivos como “bestial” o “brutal”.
 
    11) En ningún momento aceptamos por válida, sin sentencia firme de por medio, la aseveración realizada por Delegación de Gobierno de que la concentración era “no comunicada” y por lo tanto ilegal: el Tribunal Europeo de Derechos Humanos ha fallado repetidas veces sobre la imposibilidad de prohibir y disolver concentraciones pacíficas por una decisión administrativa en contradicción con lo establecido en el artículo 21 de nuestra Constitución.

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